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ÉTICA II

⚖️⛓️ La OBEDIENCIA al DERECHO y el IMPERATIVO de la DISIDENCIA 🧠🔥🚫📢

Resumen para estudio por Borja Brun de: Grado de Filosofía - ÉTICA II Por si es de utilidad la presentación: https://gamma.app/docs/La-obediencia-al-Derecho-y-el-imperativo-de-la-disidencia-8p8s1z7hfmxbsun

Transcripción

En la obediencia al derecho y el imperativo de la disidencia, en este texto, Javier Muguerza se adentra en un debate ético filosófico entre dos pensadores del derecho españoles, que son Felipe González Vicén y Elías Díaz. Aunque el propio Muguerza no se considera jurista, sí se siente llamado desde su dedicación a la ética a tomar parte en una discusión que toca los fundamentos morales de la obediencia al derecho. La polémica gira en torno a una afirmación radical de González Vicén, según la cual no existe un fundamento ético para obedecer al derecho, mientras que sí existe uno absoluto para desobedecerlo. ¿Y cuál es ese fundamento al que al que alude Vicén? La conciencia ética individual. Elías Díaz responde ematizando que también puede haber fundamento ético para obedecer al derecho, siempre que este coincida con la conciencia individual. En este caso, Muguerza eh se posiciona sin ocultar su simpatía más cercano a González Dicén, aunque introduce una serie de reflexiones propias, especialmente a partir de una concepción ética cantiana muy presente en su pensamiento. Para él, la obediencia al derecho, entendida como alineación voluntaria de la conciencia con una voluntad colectiva. alineación voluntaria de la conciencia con una voluntad colectiva presupone una comunidad ética que no necesariamente está dada, mientras que la desobediencia puede darse incluso en soledad. Esta asimetría, él la considera esencial. Obedecer el derecho requiere una coincidencia positiva con los otros. Desobedecerlo puede ser un acto solitario y disidente. El núcleo del texto, no obstante, va mucho más allá del debate español. Muguerza conecta estas cuestiones con las teorías del filósofo alemán Jurgen Abermas, especialmente su ética discursiva. Abermas defiende que la legitimidad del derecho no proviene de su mera existencia, sino de haber sido aprobado en condiciones ideales de diálogo y racionalidad. lo que lo que Aber más llama la situación ideal de habla. En este contexto ideal donde todos pueden hablar, discutir y ser escuchados en condiciones simétricas, el derecho se legitima. El derecho se legitima como un consenso racional, ya que es resultado de un consenso racional. Pero esa situación ideal es contrafáctica, no existe realmente, solo existe como horizonte normativo. La pregunta entonces no es tanto si el derecho debe ser obedecido, sino bajo qué condiciones puede justificarse su obediencia, bajo qué condiciones. Mugerza valora este planteamiento, aunque no lo asume completamente. Introduce un elemento que cree que Aber más olvida o minimiza y es la necesidad de un principio ético previo. Un principio ético previo más allá del discurso y que actúe como límite. Se trata del segundo imperativo categórico cantiano, aquel que exige tratar a todo ser humano como un fin, nunca como un medio. Este imperativo para Muguerza no se somete al diálogo, no se discute, no se discute, no se vota, no depende de que se alcance un consenso, es un límite al discurso y, por tanto, también al derecho. Esa apelación a la conciencia individual, la soledad moral del disidente, es lo que Muguerza llama el imperativo de la disidencia. Frente a la obediencia, que puede estar motivada por el consenso o por la costumbre, la desobediencia moral. La desobediencia moral es un acto fundado en una convicción ética que no necesita ser compartida. De hecho, suele no serlo. Es el caso, por ejemplo, de Antígona, que se que se enfrenta a Creonte por defender un deber moral superior al dictado de la ley. Es también el caso de Zuró o Toreo, como le queráis llamar, el pensador norteamericano que defendió la desobediencia civil ante la injusticia y que afirmaba que un solo hombre justo es ya una mayoría cuando actúa conforme a su conciencia. Un hombre justo, un único, un solo hombre justo, es ya una mayoría cuando actúa conforme a su conciencia. Muguerza lo cita con admiración. Dice, "Primero hay que ser hombres y después súbditos", escribe Zuró. Así, frente a la ética del consenso, frente a la ética del consenso, Muguerza plantea una ética del límite. No toda ley es justa, no todo acuerdo colectivo es legítimo. Y por tanto, hay momentos en los que el deber moral no es obedecer, sino resistir. Hay momentos en los que el deber moral no es obedecer, sino resistir. De ahí su crítica a la posición de Rauls o Rolls, que identifica la legitimidad del poder político, identifica la legitimidad del poder político con el cumplimiento de una Constitución consensuada. Para Muguerza, los derechos humanos no surgieron del consenso. Los derechos humanos no surgieron del consenso, sino de la protesta, de la insumisión frente a normas que eran consideradas injustas. La historia de los derechos humanos es antes que nada una historia de disidentes. Por eso el derecho no puede ser confundido con la justicia. El primero es un hecho institucional contingente. La segunda es una idea moral utópica, pero irrenunciable. Este texto es también una defensa apasionada del individualismo ético. En última instancia, la moral es un asunto de individuos. Las instituciones no tienen conciencia, las mayorías no sienten compasión. Solo los sujetos individuales pueden ser responsables éticamente y solo ellos como tales pueden decir no, incluso si están solos, incluso si el precio a pagar es alto. Por eso la ética no es un sistema de normas, sino un ejercicio constante de vigilancia y crítica. Su núcleo no es el consenso, sino la conciencia. Su núcleo no es el consenso, sino la conciencia individual, propia, subjetiva. Muguerza concluye sugiriendo que el imperativo de la disidencia es en realidad el principio más firme de una ética que se tome en serio la dignidad humana. La obediencia puede ser razonable, puede ser incluso deseable, pero nunca es un fin en sí mismo. Solo cuando el derecho es coherente con el imperativo ético de tratar al otro como un fin, puede ser legítimamente obedecido. Cuando no lo es, desobedecer se convierte en un deber. La desobediencia ética no es una anomalía, sino una constante histórica de progreso moral. Por eso, y acabamos ya, pensar en la ética es también pensar en el conflicto, en la resistencia y en el precio, a veces repetimos, alto de decir que no. Y es en esa posibilidad de disidencia última e intransferible. donde se juega el verdadero fundamento de la moral.